Tras hablar de la excepcional necrópolis de gladiadores localizada en la antigua provincia de Baetica -para saber más no dudéis en leer Gladiatores in Corduba-, tras asistir anonadados a La pasión por las carreras experimentada por los romanos y reflejada en dos hermosos epitafios en verso hallados en Tarraco, y tras descubrir sorprendidos El extraño epitafio de Luceia Optata, en que su marido aprovechaba la lápida de su esposa fallecida para arremeter contra ella, hoy os traigo otra de esas inscripciones cuanto menos peculiares de la epigrafía española. Se trata de CIL II 267* y procedía al parecer de Medinaceli, en la provincia de Soria. En la actualidad no se conserva nada de ella, pero la conocemos gracias al historiador zamorano Florián de Ocampo, quién realizó una copia de la misma en la primera mitad del siglo XVI.
Dis Manibus.
Caiae Proculae Caii Proculi filiae sacrorum ignium deae Vestae custodi fidissimae collegii Vestalium sorori.
Vixit annos XXII menses VII dies IIII cui nulla dies sine manifestatione ardentis pietatis currebat
"A los dioses Manes de Caya Prócula, hija de Cayo Próculo, custodia de los fuegos sagrados de la diosa Vesta, hermana fidelísima del colegio de las vestales. Vivió veintidós años, siete meses y cuatro días; no pasaba un día sin mostrar una encendida piedad"
La extraña estructura nominal de la fallecida, con un praenomen (del que carecían las mujeres romanas) y un cognomen, pero ningún nomen, ya debería ponernos en sobre aviso de lo inusual de la inscripción. También resulta cuanto menos extraño la presencia de una Virgo Vestalis tan lejos de Italia cuando, en general, nunca abandonaban Roma mientras duraba su servicio a la diosa. Sin embargo, sin duda lo más sorprendente del epígrafe es el énfasis que se pone en el fervor religioso de la difunta. El tono y las expresiones utilizadas (con formas postclásicas como manifestatio o currere dies, o la estructura nulla dies sine manifestatione, que recuerda a una famosa sentencia medieval) refuerzan la sensación de encontrarnos ante una religiosidad más propia del medievo cristiano que del imperio romano... y es que así es.
CIL II 267* es una inscripción falsa (el asterisco así nos lo indica ya de entrada) y lo cierto es que inscripciones de este tipo son más frecuentes de lo que en principio pueda parecer. Durante el Renacimiento, y en menor medida, el Barroco, muchos lugares recurrieron a la elaboración de epigrafía falsa para, mediante su atribución al Imperio romano, dotarse de un pasado más glorioso -para saber más os recomiendo leer la introducción de "Epigrafía hispánica falsa del primer Renacimiento español", de Gerard González Germain y Joan Carbonell Manials, que encontraréis online aquí-. En este caso, Medinaceli, fundada sobre los restos de la ciudad de Occilis, aunque en el siglo XVI podía mostrar algunos restos de muralla romana así como el impresionante Arco del Triunfo de tres vanos, único en la península, no había comenzado a destacar hasta la Edad Media, cuando se convirtió en un enclave destacado para el avance de la Reconquista. Mediante CIL II 267*, Medinaceli pretendía reivindicarse así misma y dotarse de la misma importancia histórica, política y cultural que otras ciudades españolas como Tarragona, Cartagena o Córdoba.
No es el único caso en que el culto a Vesta fue utilizado en el Renacimiento en una falsificación epigráfica, ya que el gran prestigio del que gozaron sus sacerdotisas en la antigua Roma hacia su mención idónea para el propósito que perseguían estas imitaciones. También nos hemos encontrado con el caso de CIL II 269*
CIL II 267* es una inscripción falsa (el asterisco así nos lo indica ya de entrada) y lo cierto es que inscripciones de este tipo son más frecuentes de lo que en principio pueda parecer. Durante el Renacimiento, y en menor medida, el Barroco, muchos lugares recurrieron a la elaboración de epigrafía falsa para, mediante su atribución al Imperio romano, dotarse de un pasado más glorioso -para saber más os recomiendo leer la introducción de "Epigrafía hispánica falsa del primer Renacimiento español", de Gerard González Germain y Joan Carbonell Manials, que encontraréis online aquí-. En este caso, Medinaceli, fundada sobre los restos de la ciudad de Occilis, aunque en el siglo XVI podía mostrar algunos restos de muralla romana así como el impresionante Arco del Triunfo de tres vanos, único en la península, no había comenzado a destacar hasta la Edad Media, cuando se convirtió en un enclave destacado para el avance de la Reconquista. Mediante CIL II 267*, Medinaceli pretendía reivindicarse así misma y dotarse de la misma importancia histórica, política y cultural que otras ciudades españolas como Tarragona, Cartagena o Córdoba.
No es el único caso en que el culto a Vesta fue utilizado en el Renacimiento en una falsificación epigráfica, ya que el gran prestigio del que gozaron sus sacerdotisas en la antigua Roma hacia su mención idónea para el propósito que perseguían estas imitaciones. También nos hemos encontrado con el caso de CIL II 269*
Publio Sextio Publii Sextii filio sacrorum ignium deae Vestae optime merito inmunitate ad quinquennium opera eius ab imperatore Nerva Traiano Caesare Augusto toti patriae concessa Arcobricenses iuvenes et veteres statuam in foro posuere
"A Publio Sextio, hijo de Publio Sextio, perfecto merecedor de los fuegos sagrados de Vesta, los jóvenes y los ancianos de Arcobriga le han erigido una estatua en el foro, por haber conseguido del emperador Nerva Trajano César Augusto la exención de impuestos a toda la patria durante cinco años"
La inscripción, ubicada en Arcos del Jalón, pretende relacionar esta localidad con la antigua Arcobriga, ciudad de la Celtiberia a la que aluden Plinio el Viejo (Nat. 3, 24) y Ptolomeo (Geog. 2, 6, 57), y en verdad ubicada en Monreal de Ariza (Zaragoza). De nuevo, vemos el intento de otorgar a una determinada localidad un pasado más glorioso, en este caso identificándose directamente con una ciudad romana mencionada en las fuentes escritas antiguas. Sin embargo, comete varios errores que rápidamente nos indican que es falsa: no sólo la estructura nominal inusual de la persona honrada, si no también la cláusula en que se mencionan los Fuegos de Vesta relacionados con un varón y la referencia jurídica a la exención fiscal por parte del emperador. Sin embargo, no siempre es fácil diferenciar auténticas de falsas, tal como podéis ver aquí, asi pues, hay que tener ciudado.
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